Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2013
Fecha: 17-Mar-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 280/12 de “17” diciembre de 2012, cursante de fs. 349 a 352 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada en los términos expuestos en la presente Sentencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La fundamentación y motivación en las resoluciones
- III.3. El debido proceso y el principio de congruencia
- III.4. Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
- III.5. El vivir bien
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR