SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2013

Fecha: 18-Mar-2013

1)

El abogado copatrocinante, manifestó: 1) El 23 de noviembre de 2012, solicitó a la autoridad demandada, fije audiencia para considerar la rebaja o sustitución de la fianza económica por una personal; empero, señalado dicho acto procesal, notificadas las partes, no se presentaron el Fiscal ni la víctima, suspendiéndose la audiencia; 2) La segunda audiencia, tampoco se desarrolló debido a que el Juzgado no contaba con Secretario, actuado que no consta en el expediente; 3) Hasta la presente fecha transcurrieron diecisiete días desde la primera solicitud, provocando que su cliente se encuentre ilegalmente detenido; y, 4) Solicitó que en el día se fije audiencia para resolver el pedido de su cliente.