Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2013
Fecha: 18-Mar-2013
II.5.
II.5. Ricardo Zabala Mamani, a través del memorial presentado el 27 de noviembre de 2012 a horas 18:10, se apersonó ante el Ministerio Público y pidió que en resguardo de las garantías constitucionales se ordene su inmediata libertad. Posteriormente, mediante providencia de 28 del mismo mes y año, el Fiscal de Materia Wenceslao Mariaca Carrasco, decretó téngase presente y estese al procedimiento (fs. 99 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La línea jurisprudencial desarrollada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
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