Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2013
Fecha: 27-Mar-2013
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2009, Juana Escobar Flores, opuso excepción de citación previa al garante de evicción, contestó negativamente a la demanda y dedujo acción reconvencional contra Janett Irene Bustamante Mariño y las coherederas Jhosselyn, Marisol, Lizett Pamela, Olga Elizabeth y Rosario Rosalía, todas de apellido Bustamante Mariño (fs. 30 a 31 vta.), demanda reconvencional corrida en traslado a la parte demandante por Auto de 3 de diciembre de 2009 (fs. 38 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.9.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. De los actos consentidos en la acción de amparo constitucional y presupuestos a ser considerados como tales.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Jhosselyn Bustamante Mariño
- CONFIRMAR