SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2013

Fecha: 27-Mar-2013

III.3. Análisis del caso concreto

         En forma previa, cabe referir que el análisis a efectuarse se centrará únicamente sobre el Auto Supremo aludido, que declaró la inadmisibilidad del recurso de casación, toda vez que la remisión tardía de este medio de impugnación al Tribunal Supremo de Justicia, no responde a los actos de los demandados, quienes una vez recibido el mismo -2 de mayo de 2012-, pronunciaron el fallo respectivo el 10 de ese mes y año. Delimitado el campo de estudio en la presente acción de defensa, se tiene del detalle realizado en las Conclusiones del presente fallo se tiene que que, el Auto Supremo 094/2012-RA, argumentó la decisión a la que arribó en la inobservancia de los requisitos formales exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, tomando en cuenta que en ninguno de los motivos de la demanda se habían invocado los precedentes contradictorios, menos efectuado una exposición clara y precisa a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos. Y que, si bien se citaba al Auto Supremo 450 de 19 de agosto de 2004, no se establecía como correspondía el hecho similar ni se distinguía en términos precisos el sentido jurídico contradictorio, especificando en qué consistían los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones legales inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debían aplicarse y la solución pretendida.