Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0070/2013-RCA
Fecha: 30-Abr-2013
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, y se disponga que las autoridades accionadas procedan al pago de la compensación económica de las vacaciones, conforme los informes de 6 de octubre de 2010, así como del 5 y 20 de mayo de 2011, evacuados por los funcionarios de la Gobernación, mismos que de manera uniforme afirman que por las gestiones 2008 a 2010, al accionante le corresponden un total de 48 días hábiles de vacaciones devengadas y ésta sea con la debida condenación de costas y honorarios profesionales, de conformidad con el AC 0051/2004-CDP de 1 de diciembre.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedente in limine
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos
- en el plazo máximo de seis meses
- II.3. Hechos que motivan la acción de amparo constitucional
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- CONFIRMAR