SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

Fragmento 12

           De acuerdo al Titulo VI, Capítulos II y III del Reglamento de Procedimiento Técnico Administrativo aprobado mediante la Ordenanza Municipal G.M.L.P. 76/2004 del Alcalde Municipal de La Paz, prevé cuales son los recursos administrativos idóneos que proceden en contra de las Resoluciones Técnico Administrativas, desarrollando el trámite de los recursos de  revocatoria y jerárquico respectivamente, en los arts. 49 al 56 de la citada Ordenanza Municipal, entendiéndose por agotada la vía administrativa cuando: a) La resolución administrativa de primera instancia quede firme o ejecutoriada por no haberse interpuesto el recurso de revocatoria, b) El recurso de revocatoria se haya resuelto y vencido el plazo establecido, la resolución de segunda instancia quede firme o ejecutoriada por no haberse interpuesto el recurso jerárquico, c) No se haya resuelto el recurso de revocatoria dentro del plazo establecido por ley y no se hubiere interpuesto el recurso jerárquico; y, d) Se haya resuelto el recurso jerárquico o haya transcurrido el plazo previsto para su resolución sin que ésta se hubiese producido.