SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

II.1.

la Sub Alcaldía Macro Distrito 3/Periférica resuelve: “ARTÍCULO PRIMERO.- SANCIONAR a los señores LINO PACOSILLO RAMOS y AURORA ROSALÍA GOYZUELA DE PACOSILLO, con la MULTA PECUNARIA de Bs. 4.641,00.- (CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO 00/100 BOLIVIANOS) por construcción de: 119,00 m.2, sin planos arquitectónicos aprobados por el Gobierno Autónomo  Municipal de La Paz y SANCIONAR con la DEMOLICIÓN de: 17,76 m.2 en Área  Máxima a Cubrir desde la Primera y Segunda Planta y 302,44 m.2, por construcción en exceso en Área  Máxima de Fachada desde la Tercera a la Sexta Planta incluyendo voladizos de la edificación ubicada en calle Baltazar de Salas Nº 49 de la Zona Vino Tinto, conforme las disposiciones previstas en el artículo 17º, inciso c) del Reglamento de Procedimiento Técnico Administrativo aprobado por Ordenanza Municipal Nº 076/2004 de 17 de Mayo de 2004, Sanciones que deben hacer efectiva y cumplir en el término improrrogable y perentorio de DIEZ DIAS hábiles computables a partir de su legal notificación. ARTICULO SEGUNDO.- Quedan encargados de la ejecución y cumplimiento de a presente Resolución Administrativa la Dirección de Mantenimiento de la Oficialía  Mayor de Infraestructura Pública y la Unidad Especial de Recaudaciones de la Dirección Especial de Finanzas del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz” (sic) (fs. 1 a 2).