Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refiere que dentro del proceso sumario de mejor derecho y reivindicación seguido contra Vidal Chinuri Condori sobre un bien inmueble; los Vocales ahora demandados, a momento de pronunciar el Auto de Casación 06/2011 de 26 de abril, casando el Auto de Vista del juez aquo y declarando improbada la demanda de “declaración judicial de mejor derecho y consiguiente reivindicación”, no han considerado los antecedentes del proceso, ni han efectuado una valoración de lo fundamentado por los jueces de primera instancia y de apelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR