SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2013-L

Fecha: 10-Abr-2013

principio de subsidiariedad

La SCP 1311/2012 de 19 de septiembre, asumiendo el entendimiento por el que éste Tribunal Constitucional Plurinacional se pronunció extensamente, sobre este tema, señalando que: “La SC 0768/2011-R de 20 de mayo, con relación al principio de subsidiariedad que rige esta acción ha expresado lo que sigue: 'La acción de amparo constitucional, no cumple un papel supletorio o subsidiario; no puede operar si hay otras rutas procesales idóneas para atacar la lesión o amenaza, implicando que para declarar su procedencia, es requisito esencial, que del análisis lógico jurídico que efectúa el juzgador de los puntos expuestos y de la materia sometida a análisis, fluya con nitidez meridiana la existencia de elementos probatorios suficientes que permitan adquirir certeza positiva respecto de la ocurrencia de la violación o amenaza de derechos constitucionales consagrados, para de ese modo disponer la reposición de las cosas al estado anterior.