SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
El Código Civil con relación a la prueba literal o documental
En el caso en análisis y ante la existencia de documento privado de compra y venta del lote de terreno en cuestión, debidamente reconocido por autoridad competente, es pertinente señalar la jurisprudencia desarrollada en la SCP 1290/2012 de 19 de septiembre, misma que refiere: “El Código Civil, considera los documentos públicos en su Libro V, Título I, Capítulo II (De la prueba literal o documental), Sección I (De los documentos públicos):
II. Sin embargo, si se halla directamente acusado de falso en la vía criminal, se suspenderá su ejecución por el decreto de procedimiento ejecutoriado; mas, si se opone su falsedad sólo como excepción o incidente civil, los jueces podrán, según las circunstancias, suspender provisionalmente su ejecución.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- Fragmento 6
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 13
- III.2.Hechos controvertidos o el reconocimiento de derechos no pueden ser dilucidados por la jurisdicción constitucional
- El Código Civil con relación a la prueba literal o documental
- La Ley del Notariado de 5 de marzo de 1958
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR