SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2013-L

Fecha: 10-Abr-2013

La Ley del Notariado de 5 de marzo de 1958

Artículo 22.- En toda escritura debe expresarse los nombres, apellidos, cualidad, vecindad y residencia de las partes, su estado, profesión, edad y la capacidad para otorgarla. Asimismo se expresará el nombre y apellido del Notario y el lugar de su residencia, los nombres y apellidos de los testigos instrumentales, su vecindad o residencia, estado y profesión, el lugar, el año, mes, día y hora en que se otorga…”.