SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2013-L

Fecha: 10-Abr-2013

denegó

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 115/2011 de 8 de julio, cursante de fs. 71 a 73, denegó la tutela solicitada, en mérito a los siguientes fundamentos: i) Conforme a la jurisprudencia constitucional, la mujer embarazada con un hijo o hija menor a un año, goza de inamovilidad laboral, frente a un contrato a plazo fijo, siempre que el mismo hubiese sido renovado en más de dos ocasiones; ii) En el presente caso, solo se cuenta con un contrato a plazo fijo, que concluyó el 31 de enero de 2010; por otro lado, se adjuntó otro contrato que aunque no lleva la firma de la accionante, el mismo comprende del 10 al 31 de enero de 2011; y, iii) Si bien existen dos contratos a plazo fijo, no pueden ser considerados como de tiempo indefinido, por lo que no existe obligación para el empleador mantener a la trabajadora en el cargo, así la misma haya quedado embarazada en el lapso de tiempo que prestó servicios.