Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que la institución demandada por intermedio de su representante legal, conculcó sus derechos de petición, al trabajo, a la inamovilidad y estabilidad laboral, los cuales debido a su condición de mujer trabajadora en estado de embarazo le asistían plenamente; pues, el 17 de enero de 2011, el Director del CEAM le comunicó verbalmente que su contrato concluiría el 31 de enero de 2011, y que no existía la posibilidad de que continúe trabajando, pese a su estado de gestación, por lo que al llegar a dicha fecha, fue abrupta y abusivamente despedida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la protección constitucional a la mujer en estado de embarazo
- III.3. Los contratos laborales a plazo fijo, su relación con la protección a la mujer en gestación
- III.4. Marco normativo previsto por los Decretos Supremos 28699 de 1 de mayo de 2006 y 0012 de 19 de febrero de 2009
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. La modalidad de ingreso de la accionante al CEAM
- III.5.2. Las opciones de la accionante ante la conclusión laboral
- CONFIRMAR