Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2013
Fecha: 03-Abr-2013
II.9.
II.9. De fs. 18 a 21, cursa “la Resolución Autonómica del Honorable Consejo Municipal de la Sección Capital Sucre”, de 31 de mayo de 2012, disponiendo revocar la RA 10/2012 y el memorándum 175/2012, ordenando al ejecutivo municipal la restitución a su fuente laboral de Iver Ortega Zárate, al mismo puesto laboral que ocupaba en el plazo de cuarenta y ocho horas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- y de los progenitores
- inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija
- acudir directamente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social,
- extensible al progenitor varón a efectos de precautelar el derecho a la vida, la salud y a la seguridad social,
- -madre y progenitor
- ha sido extendida hacia el padre del menor hasta que su hija o hijo cumpla un año
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR