Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2013
Fecha: 12-Abr-2013
i)
i) Victoriano Morón Cuellar, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, considera una obstaculización a la investigación el pretender cambiar un testimonio a uno de los testigos que sería el principal para establecer los indicios “…para establecer la responsabilidad del imputado (…) por ello mi voto es porque se revoque la resolución apelada y se ordenen la detención preventiva del imputado Rubén Darío Parada Marco” (sic); y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Requisitos concurrentes para la detención preventiva
- III.2. Jurisprudencia consolidada respecto al deber de un Tribunal de apelación de fundamentar ambos presupuestos del art. 233 del CPP, a momento de revocar una resolución que haya dispuesto medidas sustitutivas.
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- III.3.1.1.Obligación del juez o tribunal de garantías con referencia a la presencia del accionante en la audiencia pública de acción de libertad
- III.3.1.2. De la
- III.3.1.3. Respecto a la decisión del Juez de garantías
- 2º Llamar la atención