Sentencia: 0381/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0381/2013-L

Fecha: 27-May-2013

Sexto.-

Sexto.- Es evidente que la demanda constitucional, no peticionó los extremos que dispuso el Tribunal de garantías; empero, la forma de tal decisión, no representa un direccionamiento del fallo de segunda instancia, determinado aspectos propios de la jurisdicción ordinaria, por el contrario, conforme a los Fundamentos Jurídicos de la presente disidencia, los términos de concesión de la inicial tutela, solo representan la expresión de la verdad material y la justicia constitucional que la sociedad exige de este Tribunal, entendimiento acorde con la SCP 0041/2013-L de 6 de marzo, por cuanto el Tribunal Constitucional Plurinacional debe velar por el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales, conforme lo prescribe el art. 115 de la CPE, dejando de lado formalismos que impidan obtener un pronunciamiento constitucional eficaz e idóneo.