suma
Al respecto, la SC 1474/2011-R de 10 de octubre, en su parte relevante, refiere: “En efecto, las directrices axiológicas y principistas que sustentan la refundación del Estado, se encuentran plasmadas en todo el desarrollo de la parte dogmática de la Constitución, así, los valores tanto ético-morales como los preceptos axiológicos plasmados en los dos parágrafos del art. 8 de la Constitución, consolidan esa 'construcción colectiva del Estado', de hecho, el 'suma qamaña' (vivir bien), el 'ñandereko' (vida armoniosa), 'teko kavi' (vida buena), son axiomas, que mas allá de su trascendencia ético-moral, plasman una visión cuyos horizontes no se reducen a una concepción individualista aislada de una 'construcción colectiva de Estado'. Asimismo, en este marco de ideas, los valores de igualdad, inclusión, dignidad, solidaridad, armonía, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidades sociales y justicia social, destinados todos ellos a 'vivir bien', plasman también una visión encausada a esa tan mentada 'construcción colectiva del Estado', aspectos que además consolidan la vigencia de tres fines plasmados en los parágrafos primero y segundo del art. 9 de la Constitución: la construcción de una sociedad justa, armoniosa, sin discriminación; así como el bienestar, protección e igual dignidad de las personas”.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- CONFIRMÓ en parte
- estableciendo un sistema de garantías jurisdiccionales, que deben inclinarse por la interpretación y aplicación del principio de favorabilidad pro homine y pro actione,
- “Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos”.
- Nuevo Modelo Económico, Social, Comunitario y Productivo precisamente para “VIVIR BIEN”,
- suma
- II.2. La labor del Juez constitucional, a la luz de los nuevos paradigmas de la Norma Fundamental
- Primero.-
- Segundo.-
- Tercero.-
- Cuarto.-
- Quinto.-
- Sexto.-
- CONFIRMAR
