Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2013-L
Fecha: 13-May-2013
II.2.
II.2. Por cartas de 18 de octubre de 2010, dirigidas al Vicerrector de la UTO, el accionante solicitó la cancelación de su haberes de agosto, septiembre y parte de diciembre (sin indicar a qué gestión correspondían), así como de enero y febrero de 2009, “el escalafón docente y (…) el cálculo de su aguinaldo de la gestión II/2008” (sic) (fs. 1 y 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los informes jurídicos considerados como respuestas firmes y definitivas
- III.3. El derecho de petición
- III.4. Del derecho a la defensa
- III.5. De la seguridad jurídica
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR