Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2013-L
Fecha: 13-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la petición, a la defensa y a la “seguridad jurídica”, por cuanto las autoridades demandadas, no dieron respuesta a sus solicitudes de 18 de octubre de 2010, 3 y 16 de marzo de 2011, 28 de abril, 16 y 18 de mayo de ese mismo año, en las que solicitaba el pago de salarios devengados de los meses de agosto, septiembre, parte de diciembre y aguinaldo de 2008, así como enero y febrero de 2009, de las cuales ninguna fue respondida, afectando su situación laboral y colocándolo en una verdadera incertidumbre respecto a las reclamaciones mencionadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los informes jurídicos considerados como respuestas firmes y definitivas
- III.3. El derecho de petición
- III.4. Del derecho a la defensa
- III.5. De la seguridad jurídica
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR