SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2013-L
Fecha: 13-May-2013
II.5.
II.5. Mediante Resolución Sancionatoria en contrabando: AN-SCRZI-SPCCR-RS-344/10 de 3 de diciembre de 2010, emitida por José Virgilio Serrate Gutiérrez, Administrador de la Aduana Interior Santa Cruz, se dispone declarar probada la comisión de la contravención aduanera por contrabando, disponiendo el comiso definitivo de toda la mercadería detallada en el acta de intervención contravencional COA RSCZ-C-0389/10 de 11 de noviembre de 2010 y en aplicación del art. 60 del DS 27310, el remate de las mismas, conforme lo dispuesto en los incs. b) y g) del art. 181 de la LGT, por carecer de descargos y documentación sanitaria idónea de importación que demuestren su legal internación al país (fs. 37 a 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- Mecanismos de impugnación específicos en materia aduanera
- III.3. Análisis del caso concreto