SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2013-L

Fecha: 15-May-2013

h)

-ahora Tribunal Supremo- de Justicia la atribución de declarar inadmisibles los recursos de casación que no cumplen con la invocación correcta del precedente contradictorio, lo contrario originaría una mayor carga procesal innecesaria que originaría retardación de justicia; y, h) El Auto Supremo impugnado se encuentra suficiente y correctamente fundamentado por lo que no es posible alegar que carece de motivación y fundamentación, menos del principio de congruencia dado que no ingresó al fondo de la cuestión.

Ana María Forest Cors, ex Presidenta de la Sala Penal Segunda de Corte Suprema de -ahora Tribunal Supremo- de Justicia, así como Rosa Eva Martínez Cavero y Sandra Pacheco de Kolle, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Tarija, no se hicieron presentes en audiencia ni presentaron informe legal alguno, pese a su legal notificación de fs. 116.