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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2013-L

    Fecha: 15-May-2013

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    • acciones de amparo constitucional
    • I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 10
    • 1.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.2.
    • II.1.3.
    • II.1.4.
    • II.1.5.
    • II.2.1.
    • II.2.2.
    • II.2.3.
    • II.2.5.
    • II.2.6.
    • II.2.7.
    • II.2.9.
    • II.2.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • su finalidad es la de asegurar a las personas el goce efectivo de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, protegiéndolos de toda amenaza, restricción o supresión ilegal o arbitraria; siempre que no hubiera otro medio o recurso legal para la protección inmediata de estos derechos y garantías conforme dispone el art. 129 de la CPE”
    • Fragmento 27
    • III.2. Acción popular: derechos tutelados
    • el derecho a la libre determinación y territorialidad, previsto en el art. 30.4) de la CPE, se constituye en un derecho colectivo, en tanto es titular del mismo una nación y pueblo indígena originario campesino; es decir, un grupo determinado cuyos miembros tienen una vinculación común.
    • a partir de una interpretación sistemática del art. 135 de la CPE, se debe concluir que la acción popular protege, además de derechos e intereses colectivos, derechos e intereses difusos -ambos contenidos bajo el nomen iuris «Derechos Colectivos»- y, en ese sentido, cualquier persona perteneciente a colectividad o comunidad afectada puede presentar esta acción que, como su nombre indica, es popular.
    • un derecho colectivo no deja de ser tal, debido a que solamente sea reclamado por una persona;
    • III.3.1. El derecho a la igualdad
    • III.3.2. Respecto a la no discriminación
    • III.3.3. Principio de legalidad
    • III.3.4. De la irretroactividad de la ley
    • III.3.5. Derecho al ejercicio de la función pública
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 38

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