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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2013-L

    Fecha: 15-May-2013

    II.5.

    II.5.  Mediante Auto, de 9 de agosto de 2006, pronunciado por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, se declaró probada la excepción de prescripción opuesta por la accionante, declarando extinguido el derecho al resarcimiento de daños y perjuicios por parte de los “demandantes” (fs. 22 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. El deber de fundamentar y motivar las resoluciones en segunda instancia
    • III.2.2. El debido proceso en su componente de motivación de las resoluciones
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • Fragmento 15
    • a)
    • CONFIRMAR en parte,

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