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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2013-L

    Fecha: 16-May-2013

    CONFIRMAR

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 10 de 29 de julio de 2011, cursante de fs. 18 a 19 vta., pronunciada por la Sala Civil, Social de Familia, Niño y Niña y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Pando; y en consecuencia;

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Del debido proceso y sus alcances
    • Fragmento 12
    • III.3. La protección del derecho al trabajo
    • III.4. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
    • En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
    • La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
    • Modulación de línea jurisprudencial
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • “
    • III.6.2. En cuanto a los actos denunciados contra Félix Marcelo Aguilar Aro
    • CONFIRMAR

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