SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2013-L
Fecha: 16-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso, al trabajo y a la inviolabilidad del domicilio, debido a que el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, en un exceso de autoridad en forma contraria a lo dispuesto por el art. 45 de la LAPCAF, ministró la posesión a Félix Marcelo Aguilar Aro, adjudicatario del remate de su inmueble; quien a su vez, colocó candados en la puerta principal sin permitirle retirar sus bienes y la mercadería que tiene depositados en su tienda; dictando posteriormente, el Auto 266/2011 de 22 de julio; por el cual, emitió mandamiento de desapoderamiento, desconociendo que no se le permitió el acceso al bien inmueble. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso y sus alcances
- Fragmento 12
- III.3. La protección del derecho al trabajo
- III.4. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- Modulación de línea jurisprudencial
- III.6. Análisis del caso concreto
- “
- III.6.2. En cuanto a los actos denunciados contra Félix Marcelo Aguilar Aro
- CONFIRMAR