SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2013-L
Fecha: 16-May-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso ejecutivo iniciado en su contra por Sarah Montero de Maradey ante el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial, se produjo el remate del inmueble de su propiedad, ubicado en la av. Tcnl. Cornejo, cuyo derecho propietario aún se encuentra en litigio, radicado en su similar Segundo, en virtud de haberse interpuesto una tercería pendiente de resolución.
A la conclusión del remate, el Juez de la causa, dispuso su aprobación de oficio; por lo que, el 8 de julio de 2011, procedió a ministrar posesión al adjudicatario Félix Marcelo Aguilar Aro en su tienda, en forma personal y con el ceremonial de rigor; y, más aún estando él ausente instruyó se proceda al desalojo en el día cuando no se encontraba facultado para dicho acto, ya que el art. 45 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar (LAPCAF), establece que la entrega se efectuará mediante mandamiento de desapoderamiento, debiendo ejecutarse con el auxilio de la fuerza pública si fuera necesario.
En consecuencia, debido a que tiene material de construcción acumulado y mercadería en existencia, el plazo de desocupación resultó irrisorio, sobretodo, porque el mismo día en horas de la noche, clandestinamente el adjudicatario, puso candados a su tienda, privándole de su fuente de trabajo y de los medios de subsistencia provocándole daños y perjuicios deducidos al no poder comercializar ni retirar los mismos.
A su vez, el Juez de la causa, mediante Auto 266/2011 de 22 de julio, emitió mandamiento de desapoderamiento del inmueble, sin embargo su ingreso estaba restringido por el colocado de candados, hecho que fue advertido al Juzgador mediante memoriales de 14 y 21 de julio de 2011; sobre los cuales, omitió pronunciarse en ambas oportunidades; por lo que, por la premura de su reclamo acudió a la jurisdicción constitucional y no así al recurso de apelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso y sus alcances
- Fragmento 12
- III.3. La protección del derecho al trabajo
- III.4. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- Modulación de línea jurisprudencial
- III.6. Análisis del caso concreto
- “
- III.6.2. En cuanto a los actos denunciados contra Félix Marcelo Aguilar Aro
- CONFIRMAR