Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2013-L
Fecha: 20-May-2013
Fragmento 12
Con relación a esta cuestión es pertinente señalar la SCP 1202/2012 de 6 de septiembre, que refiere: “'El derecho vive primariamente en la conciencia del hombre como pensamiento o idea de justicia. Cuando este pensamiento y sentimiento se cristalizan en un sistema de creencias colectivas, ha nacido un sistema jurídico, se ha producido un engendramiento, emanación y nacimiento del derecho; de estos principios el derecho extrae su origen'. Así se ha dado con el nuevo orden constitucional protector de los trabajadores y de la estabilidad laboral instaurado en el Estado Plurinacional de Bolivia a partir de la promulgación de la Constitución Política del Estado el 7 de febrero de 2009.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 12
- III.2. Sobre el derecho al trabajo, la estabilidad laboral y la reincorporación en caso de despido injustificado
- despido injustificado
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3. Del plazo para acudir a la Jefatura Departamental de Trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR