SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2013-L
Fecha: 27-May-2013
denegó
La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 12 de septiembre de 2011, cursante de fs. 20 a 21 vta., denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: 1) La acción de libertad, cuestionó primordialmente, el hecho de que el accionante, fue sometido a un proceso indebido, dentro la demanda de asistencia familiar seguido en su contra, donde se emitió la sentencia de 14 de noviembre de 2008, que a su vez derivó en la emisión de un mandamiento de apremio hasta la cancelación del monto dispuesto por Auto de 15 de abril de 2009 y después por Auto de 4 de agosto de 2011; 2) El accionante, impugnó los supuestos actos lesivos, no sólo ante la Jueza de Instrucción de Familia de Quillacollo, a través del incidente de mencionado, sino también ante el Juez Segundo de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia, ahora demandados, mediante la interposición de recurso de apelación; 3) El mandamiento de apremio, era de conocimiento del accionante, por lo que no es oportuna la alegación de estado de indefensión en los términos invocados en la demanda; y, 4) El mandamiento de apremio, sucedió como efecto de la sustanciación de un proceso y no propiamente como causa directa, repentina vinculada con la libertad del accionante, por lo que no resulta competencia del Juez de garantías restablecer las formalidades requeridas.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso en la acción de libertad
- procesamiento indebido
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido
- III.3. Análisis del caso concreto
- primer presupuesto de procedencia
- segundo presupuesto de procedencia
- CONFIRMAR