SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2013-L

Fecha: 27-May-2013

denegó

La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 12 de septiembre de 2011, cursante de fs. 20 a 21 vta., denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: 1) La acción de libertad, cuestionó primordialmente, el hecho de que el accionante, fue sometido a un proceso indebido, dentro la demanda de asistencia familiar seguido en su contra, donde se emitió la sentencia de 14 de noviembre de 2008, que a su vez derivó en la emisión de un mandamiento de apremio hasta la cancelación del monto dispuesto por Auto de 15 de abril de 2009 y después por Auto de 4 de agosto de 2011; 2) El accionante, impugnó los supuestos actos lesivos, no sólo ante la Jueza de Instrucción de Familia de Quillacollo, a través del incidente de mencionado, sino también ante el Juez Segundo de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia, ahora demandados, mediante la interposición de recurso de apelación; 3) El mandamiento de apremio, era de conocimiento del accionante, por lo que no es oportuna la alegación de estado de indefensión en los términos invocados en la demanda; y, 4) El mandamiento de apremio, sucedió como efecto de la sustanciación de un proceso y no propiamente como causa directa, repentina vinculada con la libertad del accionante, por lo que no resulta competencia del Juez de garantías restablecer las formalidades requeridas.