Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2013-L
Fecha: 27-May-2013
III.3. Análisis del caso concreto
Tomando en cuenta, la jurisprudencia constitucional precedentemente citada, se tiene que el Tribunal Constitucional Plurinacional, estableció en su uniforme jurisprudencia, la existencia de ciertos presupuestos de procedencia, que deben ser cumplidos necesariamente, para que de esa manera, pueda tutelarse -mediante la acción de libertad- el procesamiento ilegal o indebido; en tal sentido, es menester verificar previamente si en el presente caso, el accionante, dio o no cumplimiento a dichas exigencias procesales, para poder ingresar a conocer o no el fondo de la problemática planteada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso en la acción de libertad
- procesamiento indebido
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido
- III.3. Análisis del caso concreto
- primer presupuesto de procedencia
- segundo presupuesto de procedencia
- CONFIRMAR