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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2013-L

    Fecha: 27-May-2013

    II.4.

    II.4.     Mediante Auto de 17 de junio de 2008, la Jueza de Instrucción de Familia, ahora demandada, designó a Hugo Cossio de la Rocha, como abogado defensor de oficio del accionante (fs. 52 vta.); el cual, mediante memorial presentado el 16 de julio del señalado año, respondió la demanda y opuso excepciones de falsedad, falta de acción y derecho (fs. 53).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Alcance y finalidad de la acción de libertad
    • III.2.   El debido proceso en la acción de libertad
    • procesamiento indebido
    • para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • primer presupuesto de procedencia
    • segundo presupuesto de procedencia
    • CONFIRMAR

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