SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2013-L
Fecha: 27-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que el proceso de asistencia familiar que le siguió Tomasa Ruiz López, fue tramitado con vicios procesales, que le provocaron un estado absoluto de indefensión; además, que en el mes de noviembre de 2009, recién se enteró de la existencia de la referida causa familiar; situación por la cual, interpuso incidente de nulidad de obrados por infracción a normas procesales, al debido proceso y por indefensión; empero, la Jueza de Instrucción de Familia, mediante Resolución de 10 de diciembre del citado año, rechazó dicho incidente; que posteriormente fue confirmada por el Juez Segundo de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia, mediante Auto de Vista de 31 de marzo de 2011, bajo el argumento de que todas las etapas del proceso precluyeron, y que toda irregularidad debió haberse reclamado en su debida oportunidad.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso en la acción de libertad
- procesamiento indebido
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido
- III.3. Análisis del caso concreto
- primer presupuesto de procedencia
- segundo presupuesto de procedencia
- CONFIRMAR