SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2013-L

Fecha: 28-May-2013

III.4.3. No se agotaron los medios intraprocesales de defensa

Bajo esta misma lógica jurídica, corresponde indicar, que si bien la fecha de presentación de la imputación formal fue mencionada tanto en la audiencia de consideración de medidas cautelares, así como en la presente acción de libertad; sin embargo, de la revisión de antecedentes, no se evidencia que la Resolución 265/2011 de 24 de mayo, por la cual se dispuso la detención preventiva del accionante, hubiese sido recurrida de apelación, tal como lo exige la jurisprudencia constitucional glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo, lo que nos da a entender, que Moisés Tarrazona Rojas, al igual que en el anterior fundamento jurídico, no dio cumplimiento al principio de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, puesto que no agotó los medios intraprocesales de defensa, establecidos por nuestro ordenamiento jurídico penal; circunstancia por la cual, tampoco corresponde ingresar a conocer el fondo de la problemática planteada, debiéndose denegar en consecuencia la misma.