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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2013

    Fecha: 08-May-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.   De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
    • III.3.   La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • a quienes incumbe acatar lo dilucidado, de ahí que nace uno de los efectos jurídicos de la sentencia, cual es su obligatoriedad,
    • es decir, el juez natural para ejecutar lo resuelto en el proceso, es el juez de primera instancia. Uno de los efectos jurídicos de la sentencia, es precisamente la inmutabilidad y obligatoriedad. Sin estos atributos procesales el proceso no tendría razón de ser y la justicia se encontraría vulnerada por la falta de confianza de los litigantes para hacer cumplir las resoluciones judiciales que emanan del Poder Judicial, y afectar la seguridad jurídica
    • ”Intervenir en los otros actos y procedimientos que correspondan”
    • III.5.   Eficacia de los derechos fundamentales
    • eficacia
    • lo que se persigue es la protección a los derechos e intereses de las partes, y el cumplimiento de la finalidad de las normas”
    • III.6.1. Debido proceso
    • implica la protección constitucional de la actuación arbitraria estatal; por lo tanto, la relación Estado-ciudadano (a) debe sujetarse a reglas claras, precisas y determinadas, en especial a las leyes, que deben desarrollar los mandatos de la Constitución Política del Estado, buscando en su contenido la materialización de los derechos y garantías fundamentales previstos en la Ley Fundamental, es decir, que sea previsible para la sociedad la actuación estatal
    • III.7.   De la comunidad de gananciales
    • El contrato tiene fuerza de ley entre las partes contratantes.
    • III.9.   Análisis del caso concreto
    • III.10. Otras consideraciones
    • CONFIRMAR

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