SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2013

Fecha: 08-May-2013

II.2.

II.2.  El 3 de abril de 2008, Carmen Morales Romero y Augusto Ulloa Peña, suscribieron un convenio transaccional sobre división y partición de bienes comunes, acordando que las mejoras introducidas en el inmueble propio de Augusto Ulloa Peña ubicado en la UV 27, Mza. 80 queda a su favor, así como la suma de $us33 000.- (Treinta y tres mil dólares estadounidenses) y para Carmen Morales Romero, la suma de $us70 829,52.- (setenta mil ochocientos veintinueve 52/100 dólares estadounidenses), un lote de terreno ubicado en la UV 17 Mza. 18 lote 43, una casa signada con el número 25 en la UV 115, zona Sud Mza. 53 y una vagoneta marca Suzuki, Grand Vitara. Comprometiéndose la accionante que posterior a la homologación del convenio y en el plazo de un mes, desocuparía el inmueble de propiedad de Augusto Ulloa Peña (fs. 6 a 8). Acuerdo que según refiere el abogado del tercero interesado, fue homologado por el Juez Segundo de Partido de Familia, mediante Resolución de 10 de junio de 2011 y por Auto de Vista de 1 de noviembre de ese año la Sala Civil Primera, confirmó el Auto que homologó el convenio suscrito (fs. 26 a 27 vta.).