Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2013
Fecha: 08-May-2013
I.2. Admisión y citaciones
Por AC 0812/2012-CA de 30 de octubre, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió el recurso directo de nulidad, disponiendo la citación de las autoridades recurridas, las cuales fueron efectuadas el 16 de enero de 2013, al Ministro de Economía y Finanzas Públicas y el 17 del mismo mes y año al Director Ejecutivo de la APS (fs. 635).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- b)
- 5)
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- a)
- III.2. Función de los órganos constitucionales y control constitucional de funciones
- k)
- estableció la normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias, que pueden adoptar las partes antes de someter sus litigios a la jurisdicción ordinaria,
- III.5. Análisis del caso concreto
- INFUNDADO