SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2013
Fecha: 08-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente interpone el recurso directo de nulidad contra la Resolución Ministerial Jerárquica MEFP/VPSF/URJ-SIREFI 024/2012 de 11 de mayo, pronunciado por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas; de las Resoluciones APS/DJ/DS/463-2011 de 5 de diciembre y APS/DJ/DS/344/2011 de 4 de octubre y nota de cargo APS/DS/2646/2011 de 17 de agosto, emitidas por Director Ejecutivo de la APS, autoridades administrativas que supuestamente usurpando funciones que corresponden a un Tribunal Arbitral según el art. 43 de la LS. La APS, no tiene competencia para resolver controversias sobre seguros, emergentes y derivadas del cumplimiento o incumplimiento de los contratos de seguro o determinación de pago de siniestros ante la existencia de hechos controvertidos.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- b)
- 5)
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- a)
- III.2. Función de los órganos constitucionales y control constitucional de funciones
- k)
- estableció la normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias, que pueden adoptar las partes antes de someter sus litigios a la jurisdicción ordinaria,
- III.5. Análisis del caso concreto
- INFUNDADO