Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2013
Fecha: 08-May-2013
II.1.
II.1. Mediante nota de cargo CITE: APS/DS/2646//2011 de 17 de agosto, Iván Orlando Rojas Yanguas, Director Ejecutivo de la APS, comunico a Jorge Eduardo Gonzalo Bedoya Herrera, Presidente de LA BOLIVIANA CIACRUZ DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., que como resultado de la evaluación de la documentación que respalda la denuncia del SEDEM, se advirtieron presuntas infracciones cometidas por LA BOLIVIANA CIACRUZ DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., que se detallan:
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- b)
- 5)
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- a)
- III.2. Función de los órganos constitucionales y control constitucional de funciones
- k)
- estableció la normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias, que pueden adoptar las partes antes de someter sus litigios a la jurisdicción ordinaria,
- III.5. Análisis del caso concreto
- INFUNDADO