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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2013

    Fecha: 08-May-2013

    INFUNDADO

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la potestad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.13 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, declara: INFUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por Jorge Eduardo Gonzalo Bedoya Herrera en representación legal de “LA BOLIVIANA CIACRUZ DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.”.

    • recurso directo de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Admisión y citaciones
    • I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
    • I.4. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • b)
    • 5)
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
    • a)
    • III.2. Función de los órganos constitucionales y control constitucional de funciones
    • k)
    • estableció la normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias, que pueden adoptar las partes antes de someter sus litigios a la jurisdicción ordinaria,
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • INFUNDADO

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