Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2013
Fecha: 14-May-2013
2°
2° Se ordena a Secretaría General del Tribunal Constitucional Plurinacional, la remisión de antecedentes del caso al Consejo de la Magistratura y al Ministerio Público para fines investigativos en cuanto a las Resoluciones contradictorias cursantes en obrados y en su caso se acumulen a los procesos abiertos;
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. La acción de cumplimiento no tutela el derecho a la petición, es decir, no procede ante inactividad formal sino únicamente procede ante inactividad material de la administración pública
- III.3. Aplicabilidad de oficio de medidas de gestión de riesgos ambientales en sede constitucional
- así como mantener el equilibrio del medio ambiente
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- conceder
- 2°
- 3°