SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2013

Fecha: 14-May-2013

II.3.

II.3. En cuanto al fundo “Salmo 23”, cursa en antecedentes la siguiente documentación: 1) Copia legalizada de los memoriales de 13 de agosto y 4 de septiembre de 2012, por los que los ahora accionantes Henry José Ruiz Weisser y Sarah María Gutiérrez Mansilla, entienden haber operado el silencio administrativo positivo y piden permiso de desmonte y orden de liquidación para el pago de patente de desmonte (fs. 120 a 121 vta.); 2) Dictamen Técnico Jurídico UOBT-ITL-PSZ-004-2012 de 18 de julio, en el cual además de diversas observaciones a la petición se observa que el predio “Salmo 23” “Tiene pendiente un Proceso Administrativo Sancionatorio por la supuesta contravención de Quema ilegal según expediente 82/2011…” (fs. 216 a 224); 3) RA RU-ABT-PSZ-PDM-098-2012 de 30 de julio, mediante la cual, se resolvió no aprobar la solicitud de desmonte realizada por los accionantes respecto a 450.09 ha (fs. 122 a 125), 4) Recurso de revocatoria planteado por los accionantes contra la RA RU-ABT-PSZ-PDM-098-2012 de 30 de julio (fs. 229 a 230); 5) Decreto 8 de octubre del mismo año, por el cual se rechazó el petitorio de liquidación de patente por desmonte por silencio administrativo positivo “…debiendo el solicitante apersonarse ante la instancia competente que resolverá el Recurso de revocatoria…” (fs. 233); y, 6) Admisión al recurso de revocatoria por Auto Administrativo 312/2012 de 5 de ese mes y año (fs. 257 a 258).