SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2013
Fecha: 14-May-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Al amparo de los mandatos plasmados en los arts. 22.I, 24, 35, 37.II, de la Ley Forestal (LF); 87 del Reglamento General de la indicada Ley, aprobado por DS 24453 de 21 de diciembre de 1996; y del art. 3.5 de la Resolución Ministerial (RM) 131/97 de 9 de junio de 1997; el 20 de junio de 2012, se acudió ante la UOBT de Puerto Suárez, para obtener el permiso de desmonte, adjuntando el plan de desmonte respectivo; sin embargo, la responsable de la repartición antes señalada, en vez de cumplir con la Ley, dictó la Resolución Administrativa (RA) RU-ABT-PSZ-PDM-097-2012 de 30 de julio, notificada a los accionantes el 3 de agosto de 2012, a través de la cual, sin cumplir las leyes antes glosadas, desconociendo los efectos del silencio administrativo positivo, negó el permiso solicitado, cuando lo que correspondía era efectuar la liquidación de la patente de desmonte para luego dar cumplimiento a los arts. 22.I inc. h) y 37.III de la LF. Continuó expresando que a raíz de las omisiones legales antes descritas, el 17 de agosto de 2012, se hizo conocer a la autoridad ahora demandada que al haber operado el silencio administrativo positivo en las solicitudes de permiso de desmonte, debía procederse a la liquidación y el cobro de la patente de desmonte, conforme el art. 22.I de la LF, al no tener ninguna respuesta, se presentaron con el Notario de Fe Pública de Puerto Suárez para comprobar este hecho y presentar un segundo memorial reiterando esta solicitud, que no fue respondida.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. La acción de cumplimiento no tutela el derecho a la petición, es decir, no procede ante inactividad formal sino únicamente procede ante inactividad material de la administración pública
- III.3. Aplicabilidad de oficio de medidas de gestión de riesgos ambientales en sede constitucional
- así como mantener el equilibrio del medio ambiente
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- conceder
- 2°
- 3°