Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2013
Fecha: 14-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El representante considera que la autoridad demandada incumplió los arts. 24 de la CPE; 8, 22.I inc. h), 35 y 37.III de la LF; 23.III inc. c) y 87 del Reglamento General a la Ley Forestal y 3.3 del Reglamento de Desmonte y Quema Controlada, aprobada por RM 131/97, ya que, en la tramitación de la solicitud de permiso de desmonte en relación a los fundos “Panamá V”, “Rancho King” y “Salmo 23”, operó el silencio administrativo positivo, por tanto, únicamente correspondía la liquidación y cobro de patente de desmonte.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. La acción de cumplimiento no tutela el derecho a la petición, es decir, no procede ante inactividad formal sino únicamente procede ante inactividad material de la administración pública
- III.3. Aplicabilidad de oficio de medidas de gestión de riesgos ambientales en sede constitucional
- así como mantener el equilibrio del medio ambiente
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- conceder
- 2°
- 3°