SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2013

Fecha: 21-May-2013

Fragmento 22

           En ese orden, el art. 221 del CNNA, establece que se considera infracción a la conducta tipificada como delito en la ley penal, en la que incurre como autor o partícipe un adolescente y de la cual emerge una responsabilidad social, que conforme al art. 222 del mismo Código, se aplicará a los adolescentes desde los doce hasta los dieciséis años al momento de la comisión de un hecho tipificado como delito en el Código Penal o leyes penales especiales, siendo pasibles a las medidas socio-educativas señaladas en el Código del Niño, Niña y Adolescente.