Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2013
Fecha: 21-May-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 02/2013 de 25 de enero, cursante de fs. 27 vta. a 30, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Carlos Mariaca Riveros y Marcos Cristian Peralta Tárraga en representación sin mandato de Gerardo Aparicio Britez Ayala, Claudia Lorena Palacios Ortiz, Lino Duarte Medina, Cristian Sebastiao Pereira Dantas y Alexandre Carvalho Dos Santos contra Walter Chumacero Salazar, Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Tarija.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 13
- el Código de Procedimiento Penal, dentro del sistema de recursos que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, que se muestra como un recurso sumario, pronto y efectivo, dado que conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior del Distrito en el término de veinticuatro horas, debiendo el tribunal de apelación resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia, dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- conceder
- CONFIRMAR