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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2013

    Fecha: 28-May-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la Constitución es concebida como fuente primaria del ordenamiento jurídico y a la vez norma suprema directamente justiciable
    • nuevo modelo de Estado que proyecta la Constitución, sustentado en la plurinacionalidad, la interculturalidad, el pluralismo en sus diversas facetas proyectados hacia la descolonización, como nuevos ejes fundacionales
    • la funcionalidad de la Constitución
    • gozan de igual jerarquía y son directamente aplicables y justiciables.
    • estructura esta acción sobre la base de los principios de sumatoriedad, inmediatez, eficacia, idoneidad y oportunidad
    • es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
    • este mecanismo de tutela, brinda una reparación inmediata frente a los actos y omisiones arbitrarias de los servidores públicos y/o personas particulares
    • III.2.Del proceso de saneamiento y el régimen de supletoriedad
    • III.3.Demanda defectuosa
    • “Art. 333.- (Demanda defectuosa).- Cuando la demanda no se ajuste a las reglas establecidas podrá el juez ordenar de oficio se subsanen los defectos dentro del plazo prudencial que fije y bajo apercibimiento de que si no se subsanaren se la tendrá por no presentada”
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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