Sentencia: 0525/2013-L de 18 de junio
Fecha: 18-Jun-2013
II.6. Argumentos de la disidencia
En la problemática planteada, el accionante, entiende como vulnerados sus derechos a la propiedad privada, a la vivienda, al trabajo y al principio de la seguridad jurídica, por cuanto afirma que, las personas ahora demandadas, irrumpieron de manera violenta en su predio denominado “La Purísima” ubicado en la UV 197, de 34 ha de superficie, en dos oportunidades; el 24 de agosto de 2010, oportunidad en la que fue agredido físicamente, y la segunda el 18 de mayo de 2011, sobre la parte que hasta entonces no había sido avasallada. En virtud a estos argumentos, solicita se conceda la tutela, y por tanto se ordene a los demandados la restitución del terreno en las mismas condiciones que se encontraba antes del ilegal avasallamiento; y, se libre mandamiento de desapoderamiento con ayuda de la fuerza pública.
- Partes:
- I.1. Problema jurídico.
- concedió
- Revocó
- o de persona individual o colectiva
- evitar abusos al orden constitucional vigente y
- segundo supuesto de activación
- a)
- II.6. Argumentos de la disidencia
- aspecto demostrado con el registro de propiedad
- La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica,
- “entraron a su terreno con viviendas”
- “con sus viviendas”
- domiciliado en La Purísima, UV 197, manzano 7
- no se encuentran debidamente acreditadas de manera objetiva, conforme exige el presupuesto reglado en el inc i) del segundo supuesto
- CONFIRMAR