SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2013-L

Fecha: 03-Jun-2013

especialmente en el caso de personas vulnerables de la población,

En nuestro ordenamiento jurídico, el derecho a la salud es un derecho fundamental, que debe ser resguardado con mayor razón cuando se encuentra en conexidad con el primigenio derecho a la vida o a la dignidad humana, especialmente en el caso de personas vulnerables de la población, como son los niños, las personas con discapacidad, de la tercera edad y los enfermos terminales`.

En el actual orden constitucional tal derecho adquiere mayor eficacia puesto que se constituye en un valor y fin del Estado Plurinacional, un valor en cuanto el bienestar común que conlleva al vivir bien -art. 8,II de la Ley Fundamental-, pero también es un fin del Estado -art. 9.5 de la referida norma suprema-, al señalar que son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la ley: ´Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y el trabajo`, entendimiento asumido en la SCP 0488/2012” (Las negrillas son nuestras).