Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2013-L
Fecha: 10-Jun-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 65/2011 de 13 de septiembre, cursante de fs. 39 a 41, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Justo Salazar Rodas y Juan Carlos Garfías Pomar, Defensores Públicos en representación sin mandato de Carlos Tapulina Cortez, Benedicto Ayala Condori y Erick Rodríguez Cortez contra Jorge Antonio Sueiro Fernández, Director General de Régimen Penitenciario y Javier Cáceres Aiza, Director del recinto penitenciario de “San Pedro” de la ciudad de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- garantizar, proteger o tutelar
- III.1.1. Del debido proceso
- III.2. Tipología de la acción de libertad (habeas corpus)
- c) Se agravan las condiciones de la libertad (hábeas corpus correctivo)
- III.3. La acción de libertad y su vinculación con el debido proceso
- no es posible analizar actos o decisiones demandadas como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados
- Fragmento 20
- III.4. Sobre la medida de traslado excepcional prevista por la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal
- 1)