SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2013-L

Fecha: 07-Jun-2013

III.2. Sobre el debido proceso

La SCP 0092/2012 de 19 de abril, refiere en cuanto al debido proceso lo siguiente: “…está reconocido constitucionalmente como derecho y garantía jurisdiccional a la vez, por los arts. 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE), y como derecho humano por los arts. 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.